El dominio le pertenece a quien figura como persona o entidad registrante.
Esta persona o entidad sera la tecnica con capacidad de realizar futuros cambios.
Todo tramite iniciado sobre el dominio deber¡a ser aprobado por esta persona a traves del email que se envio oportunamente por la entidad administradora de dominios (Eje. Nic.ar), donde se indicara como cuenta de correo de la persona o entidad registrante.
Es decir que nic, MASServidor ni otro particular y/o empresa podria realizar cambios que no apruebe el registrante.